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La Comisión
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La Comisión de Derechos Civiles de Ohio (OCRC) fue fundada en julio de 1959 por la Legislatura del Estado de Ohio. Los poderes, deberes, jurisdicción, prácticas y procedimientos de la Comisión se especifican en la Sección 4112 del Código Revisado del Estado de Ohio.
La principal función de la Comisión de Derechos Civiles de Ohio es hacer cumplir las leyes estatales en contra de la discriminación. La Comisión de Derechos Civiles de Ohio (OCRC) recibe e investiga denuncias por discriminación en empleos, espacios públicos, viviendas, créditos y educación superior por causas de raza, color, religión, sexo, nacionalidad, discapacidad, edad, ascendencia o situación familiar. La Comisión tiene autoridad estatutaria para:
- iniciar investigaciones de prácticas discriminatorias;
- formular políticas para ejecutar las determinaciones de la Sección 4112 del Código Revisado del Estado de Ohio y dar instrucciones a los organismos y oficinas estatales o subdivisiones gubernamentales locales para que ejecuten dichas políticas;
- realizar sondeos periódicos acerca de la existencia y efecto de la discriminación por raza, color, religión, sexo, nacionalidad, discapacidad, edad, ascendencia o situación familiar sobre el goce de los derechos civiles de las personas dentro del estado;
- recibir informes de avance de los organismos, mediaciones, instituciones, consejos y comisiones y otras entidades de este estado o cualquier subdivisión política y sus organizaciones, mediaciones, instituciones, consejos, comisiones y otras entidades dedicadas a la debida ejecución de programas de empleo para personas contra quienes se prohíbe la discriminación;
- preparar un programa de educación integral, que coopere con la Secretaría de Educación del Estado de Ohio, para los estudiantes de escuelas públicas de Ohio y para todos los demás residentes en Ohio, diseñado para: eliminar los prejuicios en cuanto a raza, color, religión, sexo, nacionalidad, discapacidades, edad, ascendencia o situación familiar, fomentar la buena voluntad entre esos grupos y enfatizar el origen de los prejuicios contra esos grupos y sus efectos negativos.
La Comisión de Derechos Civiles de Ohio posee una estrategia preventiva en el área educación y capacitación, y difunde publicaciones para educar mejor e informar a los habitantes del Estado de Ohio acerca de sus derechos civiles. Nuestra apreciación de la diversidad: Cómo aprender y vivir juntos: curso de estudio para estudiantes de escuelas públicas de Ohio, es una forma positiva de preparar a la gente para vivir más armoniosamente en un siglo XXI de diversidad mundial. La Comisión está formada por una junta de cinco miembros de comisionados y 200 empleados aproximadamente. El Gobernador nombra a los comisionados por períodos alternativos de cinco años con el asesoramiento y el consentimiento del Senado. Por ley, no más de tres comisionados pueden pertenecer al mismo partido político. El Gobernador designa a uno de los comisionados para que se desempeñe como presidente. Los comisionados son responsables de seleccionar al director ejecutivo del organismo, quien implementa las políticas y decisiones de la Comisión. Los comisionados se desempeñan como árbitros finales del proceso indagatorio. Los comisionados se reúnen regularmente para controlar las instrucciones de las seis oficinas regionales de la Comisión de Derechos Civiles de Ohio (OCRC), respecto de las denuncias por discriminación. Mediante contrato o relación establecida, la Comisión de Derechos Civiles de Ohio (OCRC) tiene vinculación con diversas organizaciones privadas, estatales y federales tales como la Comisión de Oportunidades Equitativas de Empleo de los EE. UU. (EEOC) y el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU. (HUD).
Cualquier persona que viva o trabaje en Ohio que haya sentido que fue sometido a discriminación ilegal, puede presentar una denuncia en una de las oficinas regionales de la Comisión de Derechos Civiles de Ohio (OCRC) en Akron, Cincinnati, Cleveland, Columbus, Dayton o Toledo; o en las oficinas satélite de la Comisión de Derechos Civiles de Ohio en Springfield o Youngstown. Dichas quejas deben presentarse dentro de los seis (6) meses (o un año en el caso de quejas por vivienda) del acto de discriminación que se alega; o la misma Comisión de Derechos Civiles de Ohio (OCRC) puede iniciar una investigación. La Comisión de Derechos Civiles de Ohio (OCRC) debe llegar a una conclusión dentro del año (1 año) de presentada la denuncia. La autoiniciación a menudo resulta de una información preliminar que indica que puede haber un modelo discriminatorio dentro la totalidad del sistema, "discriminación sistemática". La Comisión de Derechos Civiles de Ohio (OCRC) sólo puede "auto iniciar" en casos de empleo y vivienda. No existen honorarios por los servicios de la Comisión de Derechos Civiles de Ohio (OCRC).
Cuando se presenta la denuncia, la responsabilidad por la investigación se asigna al Representante del Área de Derechos Civiles (investigador). Durante la investigación, el investigador debatirá los alegatos en detalle con la Parte Denunciante (persona que presenta la denuncia) y además se contactará con el Demandado (la/las persona(s) o compañía(s) responsable(s) del acto de discriminación alegado). Antes de tomar cualquier determinación acerca de los méritos de la denuncia, se puede ofrecer a cada parte una mediación voluntaria. Si ambas partes están de acuerdo, un mediador experimentado del equipo de mediación de la Comisión de Derechos Civiles de Ohio (OCRC), conformado por 7 miembros, programará una mediación para dentro de los 30 días. Si se llega a un acuerdo que satisfaga a ambas partes, se cierra el caso. Si no se llega a un acuerdo, el mediador remitirá el caso para una nueva investigación.
Cuando el investigador haya acumulado suficientes evidencias como para argumentar una recomendación, se presentan en forma escrita al supervisor del investigador, luego al Director Regional y finalmente a los comisionados, quienes deben aprobar el informe antes de que pase a ser el resultado oficial de la Comisión.
Cuando el predominio de evidencia obtenido durante el curso de la investigación no es suficiente para justificar la denuncia por discriminación, la Comisión debe concluir en que NO PUEDE PROBARSE que haya ocurrido una violación de la ley. La Comisión retirará entonces los cargos bajo la carátula de CAUSA NO PROBABLE. Cuando el predominio de evidencia es suficiente para justificar la denuncia por discriminación, el investigador recomendará que la Comisión concluya en que es PROBABLE que la violación a la ley haya ocurrido. Esta es una conclusión de CAUSA PROBABLE. La Comisión tiene la autoridad de exigir el acceso a registros, propiedades, documentos, evidencias o posibles fuentes de evidencia y de registrar testimonios o declaraciones de individuos. Además, la organización tiene el derecho de realizar citaciones legales, interrogatorios, cesanteos y cesación de órdenes, convocar a audiencia pública y recolectar dinero.
La oficina del Fiscal del Estado, sección de Derechos Civiles, representa a la Comisión en todos los temas relacionados con litigios.
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